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domingo, 14 de abril de 2019

“La reelección de Danilo es un problema del PLD, no del país”: Patricia Báez Martínez



Baní, provincia Peravia.- Los intentos de reelección del presidente Danilo Medina son un problema del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y no del país, porque la Constitución es clara al establecer que los presidentes podrán reelegirse una sola vez de manera consecutiva, además del transitorio 20 de la misma Carta Magna que elimina de cuajo la posibilidad de que el mandatario pueda reelegirse.

“Por lo tanto, es un problema del PLD, si está dispuesto, como partido, a elegir un candidato presidencial que la Constitución lo invalida, y/o intentar otra reforma constitucional en momentos en que la correlación de fuerzas, tanto a lo interno del PLD como en la Asamblea Nacional no se muestra a favor de Danilo Medina”, sostuvo la periodista y politóloga Patricia Báez Martínez en el programa Primer Momento TV, de Visión 3000 (canal 3) del telecable banilejo.

La periodista dio este dato como respuesta al conductor del espacio, el también periodista, Luis de los Santos, quien refirió que el tema de la reelección tiene al país en suspenso, como también que el PLD es un partido poderoso. Sobre este último aspecto, Báez Martínez le aclaró lo siguiente.

“El PLD no es un partido tan grande como aparenta, el PLD es un partido que ha sabido utilizar los puestos y trabajos de la administración pública y los programas sociales (Senasa subsidiado, bonoluz, bonogas, etc.), así como el pote de romo y los 500 pesos para tener a un electorado acéfalo y cautivo a su favor”.

La profesional llamó a la oposición a trabajar de manera unificada y de cara a las elecciones de febrero del 2020, pues éstas son casi determinantes para el triunfo en las elecciones presidenciales de mayo del mismo año.

“Es un tanto difícil esto, en un país presidencialista como el nuestro, pero es necesario trabajar de manera aunada y sistemática de cara a las elecciones de febrero y luego enfilar los cañones hacia las elecciones de mayo”.

También llamó a la oposición a estudiar las nuevas leyes aprobadas, como la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas y la de Régimen Electoral, ya que éstas imprimirán nuevos retos al torneo electoral que se avecina.

Primer Momento TV se transmite todos los domingos a la 1:00 de la tarde por el canal 3 del telecable banilejo.

miércoles, 21 de diciembre de 2016

Tres causales es revictimizar la mujer, pero es algo


La despenalización del aborto por las tres causales es un punto intermedio entre quienes defienden los derechos plenos de la mujer y los grupos religiosos y conservadores, y es una deuda del Estado para con la mujer dominicana

Por Patricia Báez Martínez

El presidente ha observado el proyecto de ley de Código Penal para que el Congreso Nacional tome en cuenta el tema del derecho de la mujer dominicana al aborto en caso de que su vida peligre, cuando la criatura es producto de una violación sexual e/o incesto, y cuando el feto presente malformaciones congénitas. Esta ha sido una lucha de larga data del movimiento feminista dominicano, que al ver la imposibilidad de que el aborto puro y simple fuera aprobado, optó por una salida moderada y viable: El aborto condicionado por tres causales.

Aunque el proyecto vuelve al Congreso y con ello continúa nuestra lucha, celebramos hoy la observación hecha por el presidente Danilo Medina. Si lográsemos el consenso de las dos terceras partes de las matrículas de las cámaras legislativas a favor del aborto por las tres cuales (#Abortox3causales) es muy probable que no volvamos a tener más “Esperancitas” en nuestro país, ni más niñas pariendo criaturas producto de estupros.

Luchamos por tres causales para que el aborto sea permitido en República Dominicana, sin embargo, esas tres causales victimizan a la mujer. Al menos en dos de las tres causales planteadas, la mujer es vista como objeto-victimizado: Cuando su vida peligra (está en riesgo de muerte, débil, afectada, enferma) y cuando la criatura es producto de una violación sexual (es un ser débil frente a otro más fuerte y/o con autoridad).

En ninguno de los tres escenarios planteados la mujer tiene potestad, sino que ésta es ostentada por médicos y personal del Ministerio Público. Los médicos decidirían si la mujer puede abortar en caso de que su vida corra peligro o la criatura padezca malformación congénita; y en el caso de las violaciones sexuales, las niñas y mujeres abusadas que queden embarazadas tendrían que demostrar que han sido violadas, y así no ser perseguidas judicialmente tras abortar.

En el caso de las niñas víctimas de incesto, las familias que decidan no denunciar al agresor para no “destruir” la unidad familiar, éstas quedarían desamparadas por parte del Estado, pues no podrían acceder al aborto legal y seguro, y al practicar éste  de forma clandestina se pondrían en riesgo su salud reproductiva y  vidas, y las consecuencias legales de ese aborto no justificado ante las autoridades no necesariamente sobre caerían en el victimario, sino en el personal médico y el adulto que lleve a la  niña hasta el centro de salud o la “comadrona” y pague por el servicio.

Como se puede ver, en el escenario más halagüeño, la mujer dominicana seguiría sin ser dueña de su cuerpo y su destino, continuaría requiriendo el consentimiento o permiso de la autoridad para disponer de éste y diseñar su vida (una autoridad históricamente ostentada por el hombre y los estamentos del Estado que él como género ha dominado).

Cuando en República Dominicana el aborto sea permitido sin condición –con excepción de las contenidas en el protocolo médico-, entonces podremos hablar de un derecho obtenido mediante el fortalecimiento del género femenino y no su victimización como está ocurriendo en la actualidad, pero como decía la periodista italiana Oriana Falacci en ‘Carta a un niño que no llegó a nacer’: No existe nada peor que la nada. Ante la iniciativa de las iglesias de constitucionalizar y criminalizar el aborto en sentido general, lograr la despenalización por las tres causales es una gran victoria que salvaría muchas vidas, en su mayoría madres pobres que hoy desprotegidas dejan niños en la orfandad.
El aborto no es nuestra meta, el objetivo perseguido es la igualdad y el desarrollo de la mujer. Para ello se requiere educación sexual en las escuelas y colegios, métodos anticonceptivos asequibles tanto a mujeres como a hombres de todas las edades y  clases sociales, y como último recurso, la posibilidad del aborto en caso de que la niña o mujer no esté en condiciones de llevar a término el embarazo.

Despenalizar el aborto por las tres causales, no es una imposición a que mujeres cuyas vidas peligren se les practique un aborto, o a que todo niño malformado desde el vientre sea abortado, o a que todo feto producto de una violación sexual sea arrancado del útero de la víctima, no. En esos tres escenarios planteados, la mujer o su familia (en el caso de las niñas) decidirán si desean o no el aborto.  No se obligará a ninguna cristiana o evangélica a abortar, como ningún cristiano o evangélico debe impedir que las niñas y mujeres que sí deseen acceder al aborto por estos motivos, así lo hagan.

Es una cuestión de derechos. Unos plantean el derecho de la vida recién formada en el vientre, del que no podría disponer la madre según las iglesias y la Constitución, pero de aprobarse el aborto por las tres causales en el Código Penal (un reconocimiento a la dignidad de la mujer), los grupos pro vida deben respetar el derecho de las niñas y mujeres que sí decidan acceder al aborto, pues como ellos aducen: El derecho propio termina donde comienza el derecho ajeno.


Es tiempo de que la sociedad dominicana dé otro paso de avance en materia de derechos de la mujer, no estamos dispuestas a seguir siendo el receptáculo paciente de espermas y legislaciones machistas. Con este inicio de siglo apostamos a un cambio transformador para nuestras vidas, Ustedes legisladores están compelidos a decidir si se suman a nuestro proyecto de desarrollo paritario o le dan la espalda a un derecho no reconocido que gime desde las entrañas de la madre tierra.

miércoles, 27 de mayo de 2015

Infanticidio constitucional


Por Patricia Báez Martínez

Con apenas cinco años en vigencia cuenta nuestra Carta Magna. Es una niña, como todas nuestras cartas Sustantivas a la hora de ser profanadas. La costumbre hace ley, sin embargo, los avances políticos, sociales y económicos se imponen y deben, al menos, promover cambios en la cultura política. No vivimos en la era del trueque, sino de las transferencias bancarias, y estamos contestes con ese cambio, como debemos estar todos de acuerdo en respetar nuestro gran pacto social, la Constitución, libro que consagra nuestros derechos, pero también nuestros deberes. Nos protege y a la vez nos conmina u obliga.

Nada es perfecto, incluida la Constitución de 2010 a la que nos referimos. Ella también tiene sus áreas imprecisas: ambiguas, grises, multi interpretativas. Algunas quizá fruto de la ignorancia e ingenuidad de los legisladores, otras totalmente deliberadas. Es muy probable, que la frase “la necesidad de la reforma constitucional” de los artículos 270 y 271 de nuestra Constitución, forme parte de ese grupo de zonas ambiguas, plasmadas allí con alevosía por quienes nos representan.

¿Qué es necesidad? Entre las diferentes acepciones que brinda la Real Academia Española, se encuentra esta: “Especial riesgo o peligro que se padece, y en que se necesita pronto auxilio”, y es la que más se aproxima al contexto de esta palabra en los artículos antes mencionados. Es decir, que para que el Congreso Nacional apruebe una ley que declare la necesidad de reformar la Constitución debe existir una necesidad, cuya causa es un riesgo o peligro.

No existe riesgo o peligro para la soberanía, para el Estado en sí, para el Estado Social, Democrático y de Derechos, etcétera, que justifique una reforma a la Carta Magna, en especial si la ley que declara tal necesidad es contraria a los propios preceptos constitucionales que prohíben la reelección consecutiva.

¿Por qué no existe necesidad de reforma constitucional? Porque dentro del propio partido oficial hay varios aspirantes a la nominación presidencial, porque en el espectro de la oposición, el PRD y el PRM tienen sus candidatos definidos, y los partidos minoritarios también están haciendo lo suyo para elegir sus candidatos a dirigir los destinos de la nación. Es más, este proceso electoral cuenta con la novedad de una plataforma política opositora denominada La Convergencia, es decir, que existe amplio interés en mantener la continuidad del sistema democrático-electoral. Pero sobre todo, ninguno de los precandidatos y candidatos, oficialistas y de la oposición, significa peligro para el sistema democrático impuesto por el hegemon. Todos los candidatos y precandidatos potables van desde un diluido centro hasta la extrema derecha.

“Danilo es popular”: ¿Y?, ¿Se traduce esto en necesidad de reforma constitucional?, ¿Es siempre vinculante la popularidad de un presidente con la reelección? No. Todo depende de las reglas del juego, de la Constitución, de la voluntad del presidente en cuestión y de los niveles de institucionalidad del país, que son bastante bajos, por no decir inexistentes.

Que Danilo Medina sea muy popular, lo que es razonable para una gestión sin oposición durante tres años, no significa que su sucesor no pueda ser igual o más popular que él -si la divisa más importante de un presidente fuera la popularidad-. Ojalá y la divisa fuera que Danilo es un buen presidente;  enunciado discutible. Antes de hacer una apuesta en ese sentido, es preferible elucubrar que cualquiera que suceda a Leonel Fernández -hasta el  Diablo que se enfrentó a Hipólito en una encuesta en 2004-, con tomar dos o tres medidas populares, escuchar y hablar con la gente de a pie, y dar un poco de muestra de austeridad, es suficiente para generar un aura de bondad a su alrededor, y, como ya dijimos, sin oposición: La reelección tomaría entonces forma de supositorio.

No es real la necesidad de reformar la Constitución, solo se bosqueja una gran gama de intereses políticos, económicos y personales, muy alejados de las necesidades y esperanzas de las personas que en las encuestas de opinión han valorado como positiva la actual gestión de gobierno. 

martes, 12 de marzo de 2013

"Gonzalo Castillo viola la Constitución, la ley 41-08 y el Código de Ética del Presidente"


El ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Gonzalo Castillo Terrero, viola el artículo 135 de la Constitución de la República, varios artículos de la ley 41-08 de Función Pública, y el Código de Pautas Éticas puesto en vigor por el presidente Danilo Medina el 22 de agosto del 2012 por el Consejo de Gobierno para “hacer lo que nunca se ha hecho”.

Así lo reveló la periodista y comentarista de la Z101, Patricia Báez, en el espacio de 5:00 a 6:30 a.m. de El Gobierno de la Mañana.

“Analizando la ley sustantiva, la adjetiva y el Código de Etica, encontramos graves contradicciones en el ministro de Obras Públicas, las cuales lo deben conminar a suspender, de inmediato, el contrato con la Barrick Gold o renunciar a su cargo, so pena de ser destituido por el Presidente”, dijo la comentarista, al tiempo de recordar que la misma ley 41-08 establece que un funcionario destituido no puede prestar servicios al Estado por cinco años.

Báez dijo que Castillo Terrero, al ofrecer un servicio a la Barrick Gold a través de su empresa Helidosa, viola el artículo 135 de la Constitución que establece: “Los ministros y viceministros no pueden ejercer ninguna actividad profesional o mercantil que pudiere generar conflictos de intereses”. Los helicópteros de Helidosa, empresa de la que Castillo es director ejecutivo, ofrece el servicio de transporte de carga (oro) a la Barrick, desde sus instalaciones a los muelles, según confirmó este lunes el comentarista de la Z101, Domingo Páez.

Según la periodista, el ministro también estaría violando la ley 41-08, en el numeral 5 de su artículo 33, así como en los numerales 1 y 13 del artículo 79 sobre el Régimen Ético y Disciplinario. Más aún, el numeral 9 del artículo 80 le prohíbe “participar en actividades oficiales en las que se traten temas sobre los cuales el servidor público tenga intereses particulares, económicos, patrimoniales o de índole política que en algún modo planteen conflictos de intereses”, o lo que es lo mismo: Castillo Terrero no puede asistir a un Consejo de Gobierno en el que el Poder Ejecutivo trate el tema de la Barrick Gold.

Además, Castillo Terrero estaría en franca violación al Código de Pautas Éticas al incumplir sus artículos 1, 2, 7, 12, 14, 15, y 18.

Báez explicó, en el programa de radio, que la ley 41-08 establece que la violación que comete el ministro es de tercer grado, al “realizar, encubrir, excusar o permitir, en cualquier forma, actos que atenten gravemente contra los intereses del Estado”, y recordó que el propio Presidente consideró el contrato entre la minera y el Estado como inaceptable por solo otorgar el 3.2 % de los beneficios a éste.

Y las faltas de tercer grado, según esta ley, sólo son sancionables con la destitución, por lo que la comunicadora solicita que el ministro suspenda el contrato de servicio de transporte aéreo del oro a la Barrick Gold, al menos, hasta que se defina la situación con la minera, la cual ha dicho que la renegociación del contrato no está sobre la mesa, o que renuncie a su cargo, pues de lo contrario –dice Báez- el Presidente debe tomar la decisión de destituirlo si quiere honrar su promesa de hacer un gobierno ético y diferente.


FB: Patricia Báez Martínez
Twitter: Pbaezperiodista